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Asamblea General Ordinaria de 2019

De conformidad con el artículo 12 de los Estatutos de la Comunidad, y en su condición de propietario de propiedades de la Comunidad de Propietarios del Polígono Industrial Carretera Amarilla, por la presente le convocamos a la Asamblea General Ordinaria de la Comunidad, que tendrá lugar el próximo día 6 de marzo del presente año a las 17.30 horas, en primera convocatoria, y a las 18.00 horas en segunda, a celebrar en el Restaurante El Cruce, sito en calle Rafael Beca Mateos, 48 de este polígono, para tratar del siguiente

Orden del día

1.    Informe de gestión de la comunidad, por la Junta Gestora y aprobación de los temas presentados a ello.
2.    Presentación y aprobación, si procede, de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2018.
3.    Propuesta y aprobación, si procede, del presupuesto para el ejercicio 2019 y en consecuencia establecimiento de las cuotas a pagar por cada comunero.
4.    Renovación de cargos de la Junta Directiva de la comunidad.
5.    Deudas de morosos, situación y acuerdos a adoptar.
6.    Ruegos y preguntas.

A partir de la fecha de la presente convocatoria quedan a disposición de los propietarios ejemplares de los documentos que han de ser sometidos a aprobación por la Asamblea. Los documentos podrán ser consultados en las oficinas de la comunidad.

Para ello, como para tener derecho de voto en la Asamblea General, habrá que estar al corriente de pago de las cuotas de comunidad. Quienes actúen en nombre de una sociedad, comunidad de propietarios u otro comunero, deben venir provistos de la representación pertinente, según ley.

Dada la especial trascendencia de los temas a tratar, esperamos su asistencia o, en caso de imposibilidad, delegue en quien pueda representarle.

Del mismo modo, y conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la ley de Propiedad Horizontal, si la junta se celebrara en segunda convocatoria, se le advierte que los acuerdos podrán adoptarse por mayoría de asistentes cuya cuota representen a su vez más de la mitad de las cuotas presentes, y cuando sea procedente se le notificará el acuerdo tomado para que pueda ejercitar, dentro del plazo legal, su derecho de oposición. En caso de no ejercitarlo debería pasar por el acuerdo tomado mayoritariamente. El mismo criterio se aplicará para la primera convocatoria, si el acuerdo tomado exige el principio de unanimidad.